"Se acabó eso de ir al monte en otoño a coger libremente las setas que a uno le plazca. El Decreto de Aproveitamentos Forestais de la Consellería de Medio Rural, aprobado por el Consello da Xunta, limita a dos kilos por persona y día la recolección en el campo para autoconsumo.
El texto, que desarrolla parte de la Lei de Montes, tiene que ser aprobado aún por el Consello Consultivo y el Consello da Xunta, antes de ser publicado en el DOG, por lo que podría tardar aún varios meses en entrar en vigor, pero estará operativo en cualquier caso durante la próxima temporada de setas, en otoño del año en curso.
Entre los aspectos más importantes figura también la prohibición de recolectar ejemplares viejos o inmaduros, un punto que se introduce para preservar el recurso. Además, se autoriza la libre cosecha en los montes (más del 90 % de los de Galicia son privados), salvo que el propietario especifique claramente mediante carteles o señales que no autoriza la recogida.
Pero el verdadero objetivo de esta norma es tratar de combatir el expolio que se produce año tras año en bosques de Lugo y Ourense, a los que acuden comerciantes de otras comunidades autónomas para acopiar cientos de kilos que venden después en otros puntos, fundamentalmente el País Vasco, donde las setas tienen un elevado valor de mercado.
Para impedir esto se obligará a los comerciantes a recabar necesariamente un permiso del propietario de la finca. Si este se lo concede, no tendrá un límite de recolección. Podrá coger lo que acuerde con el dueño del terreno y venderlo como desee.
El decreto habla también de los trabajos científicos, para los que se autorizan cinco ejemplares de cada especie estudiada.
Cuestión aparte es la de las sanciones. Según Medio Rural, serán los guardias forestales los que se ocupen de hacer cumplir la ley, lo que parece complicado dada la extensión que deberán abarcar y que tendrían que recurrir a algún sistema para pesar los hongos, salvo en casos muy evidentes.
Según fuentes de esta consellería, se aplicarían las sanciones previstas en la Ley Estatal de Montes. Lo normal será pagar multas de 100 a 1.000 euros, pero en función del daño causado en el monte, el beneficio económico obtenido o la reincidencia, se podría llegar hasta 10.000.
Carlos Álvarez, presidente de la Federación Galega de Micoloxía, con la que se ha consensuado el decreto, muestra su satisfacción con la norma, aunque matiza que tal vez se debería regular la recogida en función de las especies.
«Para reunir dos quilos de cantarelos hai que facer moitas flexións, pero con tres ou catro boletos grandes podes chegar a esa cantidade, e se che acabou a xornada no monte en dez minutos», expone."
Un Saludiño
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